Funciones de la Asociación
BOE 180, 29 de julio de 1986
FINALIDAD DE LAS ASOCIACIONES DE PADRES:
a) Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.
b) Colaborar en las actividades educativas de los Centros.
c) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del Centro.
d) Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los Centros sostenidos con fondos públicos.
e) Facilitar la representación y la participación de los padres de alumnos en los consejos escolares de los Centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.
f) Cualesquiera otras que (…) le asignen sus respectivos estatutos.
Para consultar el documento original:
http://www.ceapa.es/web/legislacion.php?PAG=3
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